viernes, 4 de noviembre de 2016

FALLO: CHEQUES ROBADOS SON EJECUTABLES

SENTENCIA POLÉMICA
Jueza embargó a un comerciante que sufrió robo de chequera y falsificación de su firma.


Una sentencia de la jueza de Paz de Montevideo de 18° Turno, S. Cardoso de Nicola consideró que los cheques robados a un comerciante en La Unión son ejecutables y un título ejecutivo, pese a que la víctima del robo realizó inmediatamente la denuncia policial y avisó al banco del ilícito.

Pese a que uno de los cheques robados por $ 96.000, que estaba prescrito y surgía al dorso la orden de no pago por parte del banco por no concordar la firma, una conocida casa cambiaria inició igualmente la ejecución judicial del documento robado.

La jueza S. Cardoso de Nicola le dio la razón a la empresa y la víctima, un comerciante farmacéutico, presentó una denuncia penal contra el demandante en el Juzgado de 6° Turno, cuya titular es la jueza Fanny Canesa.

La sentencia de la jueza de Paz, del 11 de mayo de 2016, señala que el comerciante demandado por la casa cambiaria argumentó que 25 cheques le fueron robados el 3 de enero de 2014 de la guantera de su auto, lo cual fue denunciado en la Seccional 15a a los pocos minutos de ocurrido el ilícito.

El comerciante sostuvo que en varias oportunidades se intentó cobrar los cheques hurtados con firmas totalmente diferentes a las autorizadas para su libramiento y el banco emisor de los documentos los rechazó.

El farmacéutico pidió que no se hiciera lugar al embargo solicitado por la casa cambiaria porque los cheques eran títulos inhabilitados por falsedad material (falsificación de firma).

También expresó que, de acuerdo a Derecho, el librador del cheque debe ser persona autorizada por el banco y como se prueba, ninguno de los autorizados firmó el cheque.

"Por ello, no existe título hábil para llevar a cabo el juicio, no teniendo el cheque presentado por la actora formalidades ni requisitos exigidas por la ley", señala el escrito presentado por la abogada del comerciante demandado, Lorena Viñoly.

La demandante señaló que el hecho de extraviar o de haber sido hurtado un cheque no impide al tenedor de buena fe promover su ejecución, no siendo "admisible" la excepción del cheque hurtado.

"El banco puede negar el pago, pero tal hecho no afecta el cheque por ser irrevocable y no afecta el título ejecutivo. Se debe considerar la buena o mala fe del tenedor", sostuvo la casa cambiaria en la Sede.

Fallo.

La jueza S. Cardoso de Nicola entendió que el aviso al banco por parte del comerciante robado es para que éste no pague los cheques.

Recordó que la doctrina sostiene que el aviso al banco impide el cobro inmediato del cheque pero ello "no afecta" la formación del título ejecutivo.

"De lo contrario, se estaría afectando la dinámica del cheque cuya circulación el legislador ha buscado facilitar en base al interés social de dotarlo de seguridad de cobro en vista de su función con misma fuerza cancelatoria que el billete de banco deviniendo, cumplidos los requisitos legales, en título ejecutivo de especiales características", sostiene la sentencia de la jueza de Paz.

La magistrada agrega: "También se estaría perjudicando a quien debe considerarse como tenedor (de cheque) de buena fe. Y a éste no se le puede oponer el extravío o robo del cheque para no pagarlo, pues está protegido por la autonomía y abstracción del cheque como título valor".

En el fallo, la jueza advierte: "En la hipótesis de aviso de extravío formulado por el propio librador (el comerciante) no es dable presumir la mala fe del accionante (la casa cambiaria) —como se sostiene en jurisprudencia del Tribunal Civil— gravitando sobre el excepcionante (la víctima del robo de la chequera) la carga probatoria de acreditar que el tenedor de los cheques no es de buena fe".

El comerciante farmacéutico, que resultó embargado para cobrarle el cheque por $ 96.000, recurrió el fallo emitido por la jueza Cardoso.

POLÉMICA SENTENCIA.

Culpa es de la víctima: "se descuidó".
PERJUICIO: "Los cheques están bajo custodia del librador (el comerciante), quien responde por su conservación y si se extravían o son robados, suyo es el perjuicio patrimonial".

AVISO: "A su vez, el aviso que se da en el caso al banco le impone la obligación de un control más riguroso de los aspectos formales y de la firma, así como de la legitimación, pero nada más".

RAPIÑAS FRECUENTES: "Esta juez comparte las consideraciones que, a su entender fueron sólidamente expuestas, fundamentan el rechazo del excepcionante (el farmacéutico víctima del robo de cheques y demandado por una casa cambiaria), teniendo además en cuenta que se trata de un comerciante sobre quien recae la carga de extremar controles sobre los papeles de comercio, máxime en la actual situación social que atraviesa el país donde las rapiñas y hurtos son harto frecuentes".

DESCUIDO: "Por lo que dejar dichos papeles en la guantera de un vehículo, como lo hizo el demandado (el comerciante), constituye sin duda un negligente descuido. (...) Fallo rechazando el excepcionamiento interpuesto (por el comerciante) y se continúa la ejecución hasta hacer efectiva la suma reclamada, intereses, costos y costas).


URUGUAY BUSCA AMPLIAR COMERCIO CON CUBA MÁS ALLÁ DE LOS ALIMENTOS

EXPORTACIONES
Uruguay quiere ampliar sus lazos comerciales con Cuba y extender su presencia, centrada ahora en el sector agroalimentario, a áreas como las de las energías renovables, la tecnología y la exportación de talento, en un contexto de "excelente momento" de la relación bilateral.


Uruguay quiere ampliar sus lazos comerciales con Cuba y extender su presencia, centrada ahora en el sector agroalimentario, a áreas como las de las energías renovables, la tecnología y la exportación de talento, en un contexto de "excelente momento" de la relación bilateral.

El país suramericano acudió con ese fin a la 34 edición de la Feria Internacional de La Habana (Fihav 2016), que se desarrolla esta semana y donde tres empresas uruguayas de los sectores agroalimentario y de equipamiento eléctrico ofertarán sus servicios para "extender y profundizar los lazos comerciales" con la isla.

Así lo explicó a Efe el embajador de Uruguay en Cuba, Ariel Bergamino, quien señaló que "el gran desafío" es acompasar en el terreno de las inversiones y el intercambio comercial las buenas relaciones ya existentes en los campos diplomático, político, cultural y académico.

"No partimos de cero ni es la primera vez que Uruguay participa en este evento", precisó el diplomático, quien recordó que existe un intercambio comercial "aceptable" que se cifró en el primer semestre de 2016 en exportaciones por 25 millones de dólares, un 20 % más que en el mismo periodo del año anterior.

Además, destacó el flujo constante de misiones comerciales uruguayas a Cuba, toda vez que "en Uruguay hay curiosidad e interés en asomarse al mercado cubano".

Pero Uruguay aspira "a más", y también a extender la relación comercial, tradicionalmente asociada a la agroalimentación, a otros sectores como el software, equipamiento eléctrico, infraestructura y asesoramientos en distintas áreas.

"Tenemos que aportar o combinar lo que Cuba necesita y lo que nosotros tenemos, que no solamente son buenos productos agroalimentarios, sino que también tenemos talento, esa es la principal riqueza que tiene nuestro país", sostuvo Bergamino.

Uno de los principales proyectos del país suramericano en la isla caribeña lo protagoniza la empresa láctea Conaprole, históricamente una de las principales exportadoras de leche en polvo al mercado cubano y que ahora explora posibilidades para ampliar su cartera de exportación "e incluso establecerse" con una planta productora.

Con ese fin ya han visitado Cuba varias misiones de la compañía, la última de ellas hace un mes, para impulsar un proyecto creciente que también incluye la capacitación de personal cubano en la industria lechera.

Por el momento Uruguay y Cuba no se han asociado en ninguna empresa mixta, "pero se está avanzando hacia ello", subrayó el embajador.

Otro de los hitos que resaltó fue la reciente exportación de 30.000 toneladas de arroz uruguayo a la isla, la venta "de mayor envergadura" realizada hasta ahora por Uruguay en Cuba y que según Bergamino ha logrado una buena aceptación.

El diplomático apostó también por el papel que puede jugar su país para asesorar a Cuba en el rediseño de su matriz energética hacia las formas renovables, un proceso en el que "Uruguay ha hecho avances realmente importantes" en la última década.

"Hay interés en seguir avanzando y creemos que en el marco de convenios de cooperación bilateral que tenemos, podemos aportar en eso", agregó. 



ESTIMAN QUE LAS EXPORTACIONES DE VINO CRECERÁN UN 25% EN 2016

INAVI
Las exportaciones de vino cerrarán 2016 con un aumento estimado del 25 % respecto a 2015, superando la cifra de ese año de 2,9 millones de botellas vendidas, dijo hoy a Efe el presidente del Instituto Nacional de Vitivinicultura (Inavi), José Lez.


Concretamente, Lez calculó que Uruguay colocará en el exterior cerca de 4 millones de botellas y, por ende, en torno a 3 millones de litros.

La estimación se desprende de las cifras que se manejan desde la institución, ya que a estas alturas del año las exportaciones de vino embotellado ya superan entorno del 20 % más respecto al año pasado, según especificó a Efe el responsable de comercio exterior de Inavi, Martín López.

Desde el instituto adjudicaron la subida a los "resultados" del esfuerzo realizado para afianzar el modelo exportador en el que se lleva trabajando desde los años 2011 y 2012.

Asimismo, Lez y López apuntaron a que las exportaciones se han visto beneficiadas de la expansión de los mercados de Estados Unidos y Brasil, sus dos principales compradores.

"Ya son un par de décadas largas de posicionamiento que va generando un efecto, y cada vez el mundo tiene más intereses por los vinos nuestros", explicó López,

A parte de sus principales mercados, Uruguay también está tratando de que sus vinos tengan presencia en países que mantienen un esquema más monopólico de mercado como Canadá, Finlandia, Suecia o los estados estadounidenses de Pennsylvania y Utah.

López también explicó que junto con el trabajo realizado desde Inavi, las bodegas nacionales han profundizado en "el camino de la exportación" para ampliar su mercado en vistas del resentimiento de las ventas internas en los últimos meses.

En 2016, 38 bodegas uruguayas exportan vinos del país, y hasta el momento, unas 110 etiquetas han conseguido premios a nivel internacional, lo que a juicio de los representantes de Inavi demuestra la calidad del producto.

Asimismo, según López, existe un mayor reconocimiento y señaló que durante el festival francés "Vinalies Internationales", 15 de las 24 etiquetas enviadas recibieron un premio.

Además, en el mundial del Merlot en Suiza el premio de oro se lo llevó la bodega uruguaya Bouza.

"Contamos con el doble desafío de ser un país desconocido y de contar con una uva emblemática -la Tannat- que también es desconocida", dijo López a Efe.

"Se dice que Uruguay es el secreto mejor guardado de Sudamérica, pero tenemos que dejar de ser un secreto", concluyó. 



PRIMER INTERCAMBIO DE DATOS EN SEPTIEMBRE DE 2018

DATOS TRIBUTARIOS
Uruguay firmó ayer un acuerdo sobre la información financiera.


El gobierno uruguayo firmó ayer el Acuerdo Multilateral de Autoridad Competente para implementar el intercambio automático de información financiera de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Uruguay —por medio del subsecretario de Economía, Pablo Ferreri— se convirtió en la 87a jurisdicción en firmarlo, señaló el director del Centro para Política y Administración Tributaria de la OCDE, Pascal Saint-Amans en su cuenta de Twitter.

En el acuerdo, Uruguay se comprometió a realizar el primer intercambio de datos financieros y fiscales en septiembre de 2018.

Entre otras jurisdicciones, ya firmaron el acuerdo son: Alemania, Argentina, Brasil, Colombia, Chile, China, Francia, Italia, Japón, Reino Unido y Rusia. A su vez, también lo suscribieron centros financieros como Andorra, Islas Caimán, Isla de Man, Islas Marshall, Luxemburgo, Monaco, San Marino y Suiza.

Para que Uruguay puede intercambiar datos financieros y fiscales con otras jurisdicciones, deberá tener aprobada antes de fin de un año una ley que da un "golpe casi mortal" —en palabras del presidente del Banco Central (BCU), Mario Bergara— al secreto bancario, entre otros aspectos.

La semana pasada, la bancada frenteamplista presentó en la Comisión de Hacienda de Diputados un texto alternativo —con recomendaciones del Ministerio de Economía y Finanzas y el BCU— a ese proyecto de ley de transparencia fiscal.

Allí establece que las instituciones financieras (bancos, fideicomisos, fondos de inversión, entre otros) deberán reportar anualmente a la Dirección General Impositiva (DGI) "el saldo o valor de la cuenta al cierre del año civil así como su promedio mensual durante el referido año o, en el caso de cancelación de la cuenta, la cancelación de la misma", tanto para residentes como para no residentes. También se incluye en el reporte "toda ganancia o rendimiento generado por el saldo o valor en cuenta y por activos financieros en custodia o en inversión por cuenta y orden de terceros, cualquiera sea su naturaleza o denominación".

Otra parte del proyecto refiere a la obligación de identificación de los beneficiarios finales de las sociedades con residencia fiscal en Uruguay. Igual obligación corresponderá para las sociedades no residentes que cumplan con ciertas condiciones, entre las que la bancada frenteamplista planteo añadir aquellas que "sean titulares de activos situados en territorio nacional por un valor superior a 2:500.000 Unidades Indexadas" ($ 8,7 millones al valor de hoy).

El proyecto se prevé votar en comisión la próxima semana.


EXONERACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL ESTADO

ECONOMÍA Y EMPRESAS KPMG
Análisis de una interesante sentencia sobre responsabilidad del Estado en materia tributaria
Por Felipe Martínez Falco
felipemartinez@kpmg.com


Recientemente, el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de 3° turno emitió una sentencia en la que se ventila un tema muy interesante del Derecho Tributario: las exoneraciones fiscales con plazo y la responsabilidad del Estado por acto legislativo en materia tributaria.

El Código Tributario Las exoneraciones tributarias pueden ser derogadas en cualquier momento por el Poder Legislativo o modificadas por una ley posterior, porque el legislador que crea una exoneración no puede limitar la competencia de los legisladores posteriores, prohibiéndoles dictar leyes en un sentido contrario a su voluntad.

No obstante, como lo señala el Código Tributario, cuando las exoneraciones que se derogan o modifican fueron concedidas con un plazo cierto de duración, la derogación o modificación es "sin perjuicio de la responsabilidad en que el Estado pueda incurrir en estos casos".

El mencionado Código reconoce que cuando la exoneración fue concedida con un plazo cierto de duración o en función de determinadas condiciones de hecho, el contribuyente exonerado tiene una legítima expectativa por el tiempo establecido o mientras se mantengan las situaciones de hecho a las que estuvo condicionada la exoneración, la cual debe ser respetada por los órganos del Estado.
En caso que no lo fuera, ello puede implicar que los aludidos órganos incurran en responsabilidad, debiendo indemnizar a quienes se vean perjudicados en su legítima expectativa.

La Ley Forestal y la sobretasa del IP El caso que derivó en la sentencia que comentamos, fue promovido por una entidad que gozaba de las exoneraciones tributarias previstas por la Ley Forestal N° 15.939, que otorgó exenciones para determinados impuestos vigentes al momento de su aprobación, previéndose, también, que dichas exoneraciones alcanzarían a todos los tributos que en el futuro graven genéricamente a las explotaciones agropecuarias, a sus titulares en cuanto tales o a sus renta, por el plazo de doce años, a partir de la implantación de los bosques.

No obstante, en el año 2013, mediante la Ley N° 19.088, se creó una sobretasa del Impuesto al Patrimonio que se aplica a determinados titulares de inmuebles rurales, alcanzando incluso aquellos activos que se encuentran exonerados por la mencionada ley forestal.

Esto llevó a que el contribuyente involucrado en el caso que comentamos, demandara la responsabilidad del Estado por acto legislativo, al haber cambiado el Parlamento las reglas del juego a su respecto, ya que todavía tenía plazo pendiente para gozar de las exoneraciones fiscales de la Ley Forestal.

La Sentencia

Para el magistrado actuante, la nueva ley implicó una derogación del beneficio fiscal especial al amparo del cual existía una legítima expectativa de los contribuyentes de no ser objeto de gravámenes por el plazo previsto en la ley forestal, por lo que éstos se vieron directamente perjudicados.
Finalmente, el magistrado condenó al Poder Legislativo a indemnizar al contribuyente que sufrió el daño, y si bien se trata de una sentencia de primera instancia, se convierte en un interesante antecedente de responsabilidad del Estado por acto legislativo en materia tributaria, cuando estos actos afectan las legítimas expectativas creadas por normas legales que confieren franquicias fiscales concedidas por cierto plazo.

Claves

Exoneraciones. Las concedidas con plazo cierto pueden ser modificadas o derogadas en cualquier momento por el Poder Legislativo.
Riesgo. La citada modificación o derogación puede poner en juego la responsabilidad del Estado.
Sobretasa. La Ley N° 19.088 creó una sobretasa del Impuesto al Patrimonio que afectó exenciones con plazo previstas en la Ley Forestal, generando la responsabilidad del Estado.

Material elaborado por el
Departamento Legal
y Tributario de KPMG


¿CÓMO PREPARARSE PARA UNA INSPECCIÓN DE LA DGI?

ECONOMÍA Y EMPRESAS RECOMENDACIONES
Que la visita de los inspectores de Impositiva no tome a la empresa por sorpresa es el consejo de la socia de EY, Marta Roca


Recibir una inspección de la Dirección General Impositiva (DGI) puede ser uno de los mayores motivos de estrés en la vida de una empresa. Por eso, el consejo de una experta como la Tax Managing partner de EY Uruguay, Marta Roca, es prepararse para cuando ocurra. Esta temática despertó gran interés recientemente cuando Roca expuso en las Primeras Jornadas de Actualización Tributaria de Montevideo, organizadas por la Asociación de Dirigentes de Marketing (ADM) con el apoyo de EY. 

"Cuando se tiene al inspector adentro de la empresa, ya se está nervioso. El fisco te pone plazos. Y si no se tiene lo que se pide, hay que generarlo. Además hay un tema sicológico: cuando el inspector pide algo y se lo dan en el momento, se lo predispone a que esa compañía tiene las cosas prolijas. En cambio, si se pide algo y sale todo el mundo desesperado a buscarlo, como le pasaría a cualquiera, se lo predispone a preguntarse por qué no lo tienen, por qué demoran tanto. De repente, la empresa tiene todo perfecto pero ya empezó perdiendo dos a cero", explicó Roca en un diálogo posterior con Café y Negocios.
A Roca le ha tocado presenciar inspecciones en los que claramente el contribuyente no está preparado, y con nerviosismo se empieza a preocupar de cuestiones que debería haber previsto. 

Comentó que las inspecciones se están haciendo rutina. "El mundo está cambiando y Uruguay no está ajeno. Se está yendo a una transparencia en la cual la información fluye, está al alcance de todos, y más de la DGI", apuntó.

De cajón

Una de las primeras cosas que se solicitan en una inspección son los libros diarios e inventario, y es muy frecuente que las empresas no los tengan actualizados. "Es algo muy básico como tener la contabilidad formal al día. El hecho de tener contabilidad suficiente y demostrarlo implica que el fisco va a tener que discutirla pero no ir a ratios o índices. Una de las potestades del fisco es que si la contabilidad no es suficiente, establece índice (en base a la información del giro). Es importante tener los libros al día", resaltó.

Otro punto que sobresale es el inventario. La DGI tiene la potestad de llegar a un universo a través de muestreos, lo que significa que si comprueba una diferencia en una muestra, lo puede extrapolar a todo el inventario. "Si hace una muestra de un producto y no puede seguir el rastro de la existencia inicial, las compras, las ventas y la existencia final, y ese producto es un 10% lo generaliza para el resto del inventario y determina un monto de impuesto a pagar", amplió Roca. La recomendación en este caso es contar con un buen control del inventario, para aquellas empresas que lo tengan como un componente importante de su activo. 

Cooperación y formalidades

Otro consejo frecuente es que –"por seguridad de las partes"– toda la información solicitada se brinde en algún soporte que no pueda ser modificado,y que en las inspecciones, siempre se documente a través de actas todo lo que se dice. 
"Si después se quiere discutir alguno de los criterios del fisco (el acta) es un elemento de prueba. Siempre se considera que el acta es interés del fisco, pero debería ser de interés del contribuyente también. Se trata de algo objetivo y sobre esa base se está haciendo la inspección", apuntó Roca. 

La DGI solicita la información en determinado plazo, y si no se cumple tiene la potestad de suspender el certificado único de la empresa, que puede implicar una parálisis de la actividad de la empresa. Roca recomienda que se deje establecido en acta si el plazo es muy corto y si la empresa solicita una prorroga. "Cuando no se llega, hay que pedir una prórroga por escrito para que quede constancia que hubo buena voluntad. Siempre es importante demostrar que hubo cooperación", instó.

La experta también aconseja tener presente la importancia de las formalidades. "En Uruguay muchas veces se olvida. Hay formalidades bastante estrictas. Por ejemplo el no dar una factura, o cuando se tiene traslado de mercaderías que siempre se acompañe por un remito o una factura. Parece un tema menor, pero hay empresas que no hacen remitos para acompañar la mercadería. Si el fisco, durante una inspección, ve un camión de la empresa que va saliendo con mercadería que va sin documentación, puede ser considerada una posible venta negra", alertó. 

En el ejemplo planteado por Roca, los inspectores de la DGI pueden entender que no está asegurada la integridad de las operaciones de la empresa, y tienen la potestad de clausurar el negocio (la primera vez por hasta seis días). Aquí entra un juego un tema reputacional, que para Roca no es nada menor.: "ponen todas esas cintas y carteles, y reputacionalmente es un daño para la empresa que quizás no se materialice en dinero". 




PARA QUÉ VALE EL CURRICULUM, SI ES QUE SIRVE

Limitarse sólo al CV supone quedarse corto y no aportar mucha diferencia, pero aún perduran algunos de sus valores


Cuando el reclutador lee tu currículum no percibe realmente qué tipo de profesional es. Hoy se tiene en cuenta lo que pesa la personalidad y los valores del candidato. Además, quienes buscan un profesional para un puesto cada vez tienen menos en cuenta sus éxitos pasados. La idea es que casi nadie puede asegurar que los triunfos laborales se repitan sistemáticamente en otra organización.

¿Sirve de algo el currículum? La respuesta es "sí", pero cada vez menos si no se acompaña de ciertas estrategias que tienen como denominador común el hecho de diferenciarse del resto de candidatos y mostrar valor añadido de una forma no tradicional. El currículo que se concibe de una manera tradicional no tiene vida, resulta muy difícil de actualizar, y no ofrece apenas posibilidades de diferenciarse. 

Parece evidente que quien busca un empleo tiene como objetivo ponerse delante de un entrevistador y causarle la mejor impresión posible, pero el énfasis no puede estar en el currículo. Antes las organizaciones contrataban por aptitudes en los procesos tradicionales, pero las empresas y los aspirantes terminan separándose por las actitudes. La hoja laboral típica está basada en la experiencia y en la capacitación técnica, pero no dice a qué se ha enfrentado la persona y cómo es en realidad.

Convencer en segundos

Lo primero que se debe tener en cuenta, hablando de ser y parecer diferente y atractivo, es que los reclutadores apenas leen los tres primeros párrafos de tu vida laboral. Y que tampoco dedican demasiado tiempo a cada caso concreto. 

Numerosos estudios ofrecen datos del tiempo de atención que los seleccionadores dedican al currículo, y éste ha ido bajando: no hace mucho, disponías del tiempo que dura una canción (corta) para llamar la atención de quien ofrece un puesto. Esto se ha ido reduciendo. Pasó a unos escasos 20 segundos, y hay quien asegura que hoy los reclutadores apenas dedican seis segundos a cada currículo.

Mantener la esencia

La reinvención profesional y la necesidad de distinguirse del resto de candidatos provocan que el currículo quede en cierta forma relegado. Aunque su esencia permanece, se abren nuevas posibilidades con la tecnología que es posible aprovechar en nuestro beneficio.

Sin embargo, el CV sigue siendo una herramienta más potente de trabajo para los reclutadores, aunque ahora éstos seleccionan por otros canales como LinkedIn, Facebook o Twitter, lo que transforma la difusión de la oferta, sin que se pierda la valoración de la trayectoria profesional y de las referencias, con un contenido que sigue siendo relevante.

¿CV o redes sociales?

Debe tener en cuenta un aspecto fundamental: su huella digital es importantísima para una valoración más completa, y para verificar y contrastar la información que proporcionas en el currículum. Algunas tendencias internacionales hablan de la posibilidad de que los empleadores puedan otorgar en un futuro cercano una importancia determinante a nuestra actividad en las redes sociales. Así, los siete últimos años de actividad en Twitter, Facebook, LinkedIn y otras plataformas similares pueden ser analizados cada vez que busquemos trabajo. Se nos calificará y juzgará por esa actividad, que podría llegar a tener tanta relevancia como el currículo.

Dominar las redes sociales implica hablar de la calidad del trabajo que muestra y que utiliza como correa de transmisión de lo que hace y es en realidad.