martes, 20 de marzo de 2018

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN URUGUAY

MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
Radiografía de las Mipymes: cómo surgen y se financian
Hay 151.910 empresas de este tipo; crecieron 11% frente al registro previo.
   
Martes, 20 Marzo 2018



Las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) uruguayas estuvieron bajo el microscopio. Una encuesta encargada por la Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas (Dinapyme) del Ministerio de Industria (MIEM) brinda una radiografía de la situación de estas firmas en el país. 

Pero primero, ¿cómo se definen a estos tres tipos de organizaciones? Según consta en un adelanto de la tercera edición de la “Encuesta Nacional de Mipymes” -a la que accedió El País-, los microemprendimientos son aquellos que emplean entre una y cuatro personas y tienen ventas anuales por hasta unos US$ 250.000. En el caso de las empresas pequeñas, ocupan a entre cinco y 19 trabajadores y no superan los US$ 1,25 millones. En tercer lugar, las medianas ocupan ente 20 y 99 personas y venden como máximo US$ 9,3 millones por año

Uno de los hallazgos indicados en el relevamiento es que aumentó la cantidad de estas firmas en Uruguay. Según el Registro Permanente de Actividades Económicas (RPAE) del Instituto Nacional de Estadística (INE) en 2015 -último año del que se tienen datos- había en el país 151.910 emprendimientos de esta naturaleza. Esto marca un incremento de 11% frente al dato de 2011. 

La encuesta dice que esto se debió “fundamentalmente a un crecimiento de los segmentos de microempresas, del sector comercio y de aquellas instaladas en el interior del país”. 

Del total de Mipymes registradas, el 85% son microemprendimientos, el 12% pequeñas empresas y el 3% restante medianas. 

¿Cómo nacieron estas firmas? La mayoría de las Mipymes fueron creadas por sus propietarios actuales (esto alcanza al 85% de las empresas de este tipo). En tanto, el 8% la compró y el 6% la heredó. 

Las respuestas obtenidas, además, permiten conocer que el grueso de las microempresas (en concreto, el 88%) fue fundada por su dueño actual. Esta cifra cae en el caso de las pequeñas y medianas empresas (66% y 67%, respectivamente). 

Por otra parte, casi nueve de cada diez firmas nacidas en los últimos cinco años (89%) fueron creadas por sus dueños actuales, guarismo que desciende a 86% para las que se formaron entre 2007 y 2012 y a 52% para las que lo hicieron previo a 1981. 

Esto confirma, indica el documento, que “el sector Mipyme se caracteriza por empresarios fundadores de sus empresas”. 

Además, también se puso la lupa en qué fuentes de financiamiento habían utilizados estas empresas para dar el puntapié inicial a sus negocios. Para ello, no se tuvo en cuenta a las firmas que fueron heredadas. 

Así, se conoció que el 81% de los emprendimientos usó capital propio para iniciar sus actividades. Esto muestra una suba de cinco puntos porcentuales en comparación con la encuesta previa. 

La otra cara de la moneda es que los préstamos de familiares o amigos perdieron peso como fuente de financiamiento (pasaron de 19% en 2012 a 14% en 2017). 

En tanto, la incidencia de los préstamos bancarios sigue en niveles “bajos”, marca la investigación, al ser el 8%. 

De acuerdo a lo que indica el escrito, “la escasa relevancia” que los préstamos bancarios “han tenido en el conjunto del sector se encuentra asociada a la baja penetración que tiene entre las microempresas (7%)”. Más allá de esto, añade, “ha representado una fuente de financiamiento para constituir buena parte de las pequeñas y medianas empresas (13% y 14%, respectivamente), así como para aquellas cuya forma de constitución se basó en la adquisición o compra (11%)”. 

El director de la Dinapyme, Rafael Mendive, destacó en diálogo con El País varios de los hallazgos del trabajo, como los aspectos vinculados al acceso al crédito de estos emprendimientos y el aumento del uso de herramientas financieras por parte de las mismas.

Macrocefalia.
Si se observa a qué sectores de actividad pertenecen estas empresas, servicios (con 51% de las firmas) y comercio (39%) concentran la mayoría. 
Los resultados de la encuesta también dan cuenta de la ubicación geográfica de estos emprendimientos. “Como sucede con la mayor parte de los indicadores de actividad en Uruguay, los datos reflejan la macrocefalia estructural capitalina que concentra el 50% de las Mipymes”, indica el trabajo del MIEM. Más allá de esto, agrega, ese número cayó respecto a la última edición de la encuesta (2012), cuando la cifra ascendía a 53%. 

“Este nuevo guarismo (…) confirma la tendencia presente en las distintas ediciones de la encuesta: aumenta el peso de las Mipymes del interior, lo cual es un resultado relevante y sumamente alentador en términos de desarrollo territorial”, sostiene el documento.

Antigüedad.
Asimismo, la información recogida también releva la antigüedad de este tipo de empresas. En promedio las Mipymes tienen diez años, pese a que esto “esconde diferencias sustanciales al considerar el tamaño” de las firmas. Las microempresas, por ejemplo, tienen en promedio nueve años, mientras que en el caso de las pequeñas empresas ese número trepa a 15 años y en el de las medianas hasta 22 años. 
En tanto, a la hora de dar cuenta de la naturaleza jurídica de estos emprendimientos, el 65% son unipersonales y el 16% sociedades de responsabilidad limitada.

Formalización y tipo de local
Al preguntar acerca de la formalización, el 83% de las empresas empezó a trabajar de manera formal y el restante 17% lo hizo más tarde. Además, también se observó que la mayor incidencia de la informalidad se da en las microempresas. Por otra parte, la encuesta interrogó acerca de la naturaleza del lugar donde opera el negocio (“¿La empresa funciona en un local independiente de la vivienda del o de los dueños”?, es la pregunta). El 63% de las empresas dijeron funcionar en un local independiente de la vivienda de sus propietarios. “Como es previsible, en las distintas mediciones se muestra que las empresas más grandes y las más antiguas funcionan en un local independiente de la vivienda”, indica el documento que detalla los hallazgos.



miércoles, 14 de marzo de 2018

FALLO SIENTA PRECEDENTE SOBRE DOMINANCIA EN EL MERCADO

MERCADO DE CIGARRILLOS LOCAL
El TCA anula sanción contra Philip Morris por competencia
Impuesta por órgano desconcentrado del MEF por “precios predatorios”

Miércoles, 14 Marzo 2018

Un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) anuló una multa contra Abal Hermanos —la filial local de Philip Morris International— por prácticas violatorias a la ley de Promoción y Defensa de la Competencia en el mercado de cigarrillos al descartar la existencia de las mismas.




El caso se dio tras una denuncia que el 16 de abril de 2010 presentó la Compañía Industrial de Tabacos Monte Paz contra Abal Hermanos S.A. (Philip Morris International) y British American Tobacco (BAT) por vender sus marcas de cigarrillos por debajo de sus costos. La Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia —un órgano desconcentrado del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)— inició una investigación que culminó en octubre de 2013 con la conclusión de que Abal Hermanos había incurrido en "precios predatorios". Esto es, según la comisión prefirió durante 2010 dar pérdidas en su negocio, al bajar sus precios al punto de vender sus marcas de cigarrillos por debajo del costo para intentar "claramente desplazar, parcial o totalmente, a los competidores actuales y/o futuros".

Para la comisión, Abal tenía una "posición de dominio atípica derivada de su fortaleza a nivel internacional" al ser filial de Philip Morris, "teniendo capacidad financiera" para fijar precios por debajo del costo "por un período prolongado" y que esto produjo "el desplazamiento casi inmediato" de BAT.

El órgano del MEF multó a Abal con 2 millones de Unidades Indexadas (US$ 250.349 en aquel entonces).

Abal recurrió la resolución de la comisión —primero ante la misma y ante su superior jerárquico, el MEF— hasta llegar al TCA. El TCA notificó días atrás su fallo a las partes.

En el mismo, por unanimidad de sus cinco integrantes, anuló la multa impuesta a Abal Hermanos y descartó las ilegalidades que marcó la comisión.

Entre las razones para ello, "el Tribunal no comparte la posición sustentada por la comisión en cuanto a la existencia de una posición de dominio atípica por parte de la actora, por ser una filial de la sociedad Philip Morris International, pues ello implicaría una extensión indebida del mercado relevante en estudio a una escala prácticamente mundial, lo que no se condice con la definición dada por las disposiciones normativas", la "dogmática especializada y la propia Resolución de la comisión mencionada", según la sentencia a la que accedió El País.

"Surge acreditado que en el mercado uruguayo, mercado relevante, Abal Hermanos no ostentaba una posición dominante frente al competidor denunciante (Monte Paz), por lo que no podía sostener un comportamiento independiente de él", agregó.

Para el TCA "era la denunciante —Monte Paz— quien detentaba una posición dominante en el mercado uruguayo de los cigarrillos, oscilando su cuota parte del mismo entre un 74% y 88% entre los años 2008-2012; mientras que Abal Hermanos poseía una cuota entre un 10% y 25% en los mismos años y BAT tan solo entre 0,01%y 3,9%".

Además, cita al execonomista jefe de Competencia de la Comisión Europea que señaló en su libro "Política de Competencia: teoría y práctica" que "para que un agente económico sea considerado con posición dominante, debe poseer al menos un 40% o más del mercado relevante", lo que no ocurría en el caso de Abal.

"Por ello es que la comisión, para sortear dicho punto, le imputó a la actora tener una posición dominante atípica por ser filial de una multinacional", lo que "contraría claramente la regla de Derecho, que exige tener en cuenta, a los efectos de decidir si un agente posee o no posición dominante del mercado relevante, que como se vio fue acotado a la venta de cigarrillo en territorio nacional", indicó el TCA. "Avalar el criterio sustentado por la comisión tendría como consecuencia que todas las filiales de empresas multinacionales tendrían, únicamente por ser tales, posición dominante en el ámbito de la defensa de la competencia", añadió.

El TCA también evaluó que "es indudable que Abal , en tanto filial de la trasnacional Philip Morris, tiene la suficiente capacidad financiera como para sostener por un período prolongado la estrategia de fijar precios por debajo del costo medio variable tal como sostiene la comisión en la resolución impugnada, pero ello no implica per se una práctica anticompetitiva".

También el TCA señaló que "en un mercado sometido a constantes presiones competitivas del jugador mayoritario, Monte Paz, su alta concentración, intensas campañas antitabaquismo por parte del gobierno y una alta volatilidad por la sensibilidad de precios, la estrategia de fijar precios predatorios por parte de Abal con el único objetivo de capturar la porción de mercado del competidor minoritario (BAT), tal como lo entiende la comisión, no parece viable desde el punto de vista económico y deviene ineficaz desde la perspectiva de competencia".

Agregó que "de la prueba diligenciada ha quedado demostrado que las principales barreras a la entrada de potenciales competidores en el mercado de los cigarrillos están dadas preexistentemente por la excesiva rigidez en la estructura del mismo dado por el escaso número de competidores y sus cuotas de mercado que dan una excesiva fortaleza a uno de ellos (Monte Paz), y no por la coyuntural rebaja de precios que puede adoptar uno de los competidores minoritarios".

Por último, el TCA descartó que la comisión actuara con "desviación de poder" (como planteó Abal) porque "no surge acreditado que la sanción impuesta a la actora haya sido una reprimenda por el juicio iniciado por la tabacalera contra el Estado uruguayo" a nivel internacional y que perdió.

Dos visiones sobre el fallo
Para Juan Manuel Mercant, socio de Guyer & Regules, este fallo sienta un precedente y es que "supone que para tener dominancia" en un mercado hay que tener al menos el 40% del mismo y que hay que actuar con "independencia" de los competidores. Mercant dijo a El País que "con las medidas antitabaco (imposibilidad de tener más de una marca, cajillas neutras), el de cigarrillos se "transformó en un mercado en el que solo se compite por precio". 
El comisionado de Defensa de la Competencia, Javier Gomensoro dijo a El País que el fallo "es un golpe para nosotros", pero "la actuación ayudó" a que "se corrigieran" prácticas no competitivas. "Ya sabemos que este concepto (de posición dominante) es insuficiente y por eso pensamos en una reforma legislativa" para incluir el concepto "poder de mercado", añadió. Explicó que en los próximos días se devolverá la multa.